Como parte de la reforma al sistema de justicia penal en México, se generaron varios cambios estructurales en la forma de operar de las instituciones que lo integran. Uno de ellos fue el concepto de averiguación previa -llamada así en el sistema anterior- y que en el sistema penal acusatorio equivocadamente se equipara con el concepto de la carpeta de investigación.
En mis labores cotidianas he tenido la oportunidad de escuchar al Mtro. Alejandro Ponce de León Gómez, impulsor de la implementación del sistema penal acusatorio en nuestros país, quien acertadamente ha señalado que la mayoría de los fiscales y los mandos medios de las procuradurías o fiscalías del país suelen informar a la sociedad -como un logro institucional- el abrir carpetas de investigación o la obtención de una prisión preventiva, sin que se informe con posterioridad el resultado final del trabajo derivado de la maquinaria penal, la conclusión de estas investigaciones, si se logró probar o acreditar la responsabilidad de los acusados, así como las soluciones efectivas que se obtuvieron como resultado de las estrategias de persecución penal para cierto tipo de delitos.
Esta forma de reportar, a mi parecer, son resabios del sistema mixto inquisitivo, en el que se tenía el entendimiento que el trabajo de las procuradurías concluía al obtener una consignación.
En la operación del «NUEVO» sistema penal mexicano actual se sigue dando “erróneamente” importancia al conjunto de documentos con diligencias impresas agrupada en “una carpeta”, dejándose de lado lo más importante que es “la investigación misma” para descubrir la verdad legal.
De hecho, los procesos o pasos detrás de la carpeta de investigación se han ido burocratizando impidiendo que la justicia pronta llegue a las víctimas, gracias a la supremacía aún imperante de la carpeta física (papel y firma autógrafa) y a la promesa incumplida de contar con una carpeta digital compartida entre los intervinientes, lo que ha ido en detrimento de la eficiencia y eficacia del sistema y, en consecuencia, en la recolección de datos estadísticos, su procesamiento y análisis para tomar decisiones en las instituciones .
En este contexto, es fundamental que las fiscalías del país se enfoquen más en sus actividades sustantivas relativas a la investigación y persecución penal, dedicar menos tiempo al registro documental y se debe estar abierto al cambio y ver como un gran aliado a las Tecnologías de la Información. Deben, asimismo, trabajar en la profesionalización de las áreas de tecnologías de la información, para que puedan desarrollar sistemas de información enfocados a facilitar la labor de recolección de datos que el personal sustantivo genera, lo que apoyaría en la generación de políticas públicas para atender la demanda ciudadana de justicia.
Por último, señalar que es crucial que la sociedad civil evalúe el desempeño de las fiscalías a través de un conocimiento más detallado de lo que sucede al interior de la mismas, con fundamento en datos estadísticos de los procesos internos, con base en evidencia de la política de persecución establecida y, en caso de esta no tenga el impacto esperado, demandar que sea mejorada, tal y como sucede en los procesos de mejora continua del sector privado.
Me parece que tienes razón en que se deben enfocar mucho más en el trabajo de campo «investigacion» que basarse en un expediente que muchas veces falta de orden, de claridad y de investigación.
Valoro mucho tus comentarios.
Estimado Lcdo. Precisamente es la realidad que se vive hoy en dia, no sólo se trata de abrir carpetas y carpetas si no darle seguimiento a través de herramientas informaticas que apoyen verdaderamente al personal sustantivo y no distraerlo de su principal objetivo que es la investigacion de los delitos, ademas de una efectiva capacitación sobre el SJPA y dotarlos de verdaderas herramientas para lograr un procuracion de justicia eficaz y eficiente
Me da gusto saber que alguien tan experimentado en el tema y con conocimiento de la institución coincida con mi opinión. Te envío un saludo afectuoso.